domingo, 14 de diciembre de 2008

DERECHOS HUMANOS

El día 10 de diciembre de 1.948 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y ahora se cumplen 60 años de la aparición en nuestras vidas de tan importante documento y, naturalmente, los medios de comunicación se han hecho eco de la efeméride y han comentado las bondades y aciertos de la declaración, su importancia para la humanidad, y también su falta de cumplimiento en algunos países o en determinados casos.

No hay duda de que la Declaración Universal de los Derechos Humanos constituyó un hito sin precedentes en la historia y civilización del género humano, pues aunque algunos grupos humanos habían elaborado leyes que mejoraban la convivencia entre los hombres, nunca se había llegado a aglutinar en una sola norma una serie de anhelos y deseos del género humano, que necesitaba desterrar muchas injusticias, atropellos y humillaciones que había estado sufriendo durante siglos bajo la tiranía y la opresión de quienes tenían el poder, la fuerza, las armas, o la riqueza, o como consecuencia de leyes que sólo se hacían para favorecer a determinados grupos. No en vano, en el Preámbulo de la Declaración se dice, entre otras cosas: “..el menosprecio de los derechos humanos ha originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad..”

Sin embargo, con la perspectiva que nos dan los 60 años de aplicación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y considerando que en algunos casos sólo ha sido puesta en práctica parcialmente, o no tenida en cuenta, se observa que la citada norma, que, sin duda, se hizo con la mejor buena voluntad de los hombres que la crearon, no quedó completa para que la humanidad supiera qué podía recibir y que tenía que dar. En efecto, únicamente se habla de los derechos y libertades que se nos deben respetar, pero nada se dice de las obligaciones que todos tenemos que observar y cumplir, en justa política de reciprocidad: recibir y dar.

Si no me equivoco, en toda la citada Declaración sólo se cita la palabra “obligaciones” en el artículo 10, que dice: “..toda persona tiene derecho a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal para la determinación de sus derechos y obligaciones..” pero de este párrafo no parece derivarse ninguna obligación real, de la misma manera que sí se declaran derechos y libertades reales los que se detallan en la mencionada norma.

Alguien podrá argumentar que las obligaciones de los ciudadanos vienen impuestas por las leyes, que deben ser cumplidas, pero de igual manera se puede argüir que también los derechos y libertades se encuentran en las leyes, y, sin embargo, se proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que quizá, según mi forma de pensar actual, habría quedado mejor llamándose la Declaración Universal de las Obligaciones y los Derechos Humanos. Y como todavía hay seres que no respetan los Derechos Humanos, ni siquiera el más importante, como es el derecho a la vida, habría que ir pensando en incluir un nuevo artículo en el que se advirtiera que quien no hubiera respetado, de forma clara y demostrable, los derechos humanos de los demás, no podría invocar, solicitar o pedir que se respetaran sus propios derechos humanos. Es, simplemente, una cuestión de justicia recíproca.
14 de diciembre de 2008
Luis de Torres

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